El Ayuntamiento de La Oliva amplía el horario para depositar la basura domiciliaria de 18:00 a 24:00 horas

El Ayuntamiento de La Oliva amplía el horario para depositar la basura domiciliaria de 18:00 a 24:00 horas 

 
Se solicita la colaboración ciudadana para evitar concentraciones de personas en el entorno de los contenedores, respetando la distancia de seguridad, depositando sus residuos ordenadamente, y adoptando medidas higiénicas


La Oliva, a 20 de marzo de 2020. El Ayuntamiento de La Oliva informa de la ampliación del horario para depositar la basura en los contenedores, que será de 18:00 a 24:00 horas a partir de hoy viernes, día 20 de marzo, todos los días durante el periodo en que permanezca decretado el Estado de Alarma.

La medida se adopta desde los Servicios de Limpieza municipales "siguiendo las recomendaciones sanitarias, con el objetivo de evitar concentraciones de personas en los puntos de recogida", trasladó el concejal del área, Marcelino Umpiérrez.

Cabe recordar a la población que el servicio de recogida selectiva, que presta el Cabildo de Fuerteventura en toda la isla, y dedicado al reciclaje en los contenedores verde (vidrio), amarillo (envases) y azul (papel cartón), se sigue prestando en las mismas condiciones, pudiendo los usuarios depositar sus residuos a cualquier hora del día.

Es importante tener en cuenta que los guantes de látex o nitrilo empleados para hacer la compra u otros usos no son envases, y por tanto no deben depositarse en el contenedor amarillo, sino en la bolsa de basura habitual junto al resto de residuos domiciliarios.

El Ayuntamiento de La Oliva solicita a la población colaboración para depositar sus residuos de manera ordenada, respetando la distancia sanitaria con otras personas en el entorno de los contenedores, y cerrando completamente las bolsas de basura antes de depositarlas.

 

 

Ayuntamiento de La Oliva. Medidas especiales por el Estado de Alarma

Actualizado a 20 de marzo de 2020


El Ayuntamiento de La Oliva recuerda las medidas habilitadas desde la institución durante el Estado de Alarma:

 

Se mantienen servicios esenciales

El Ayuntamiento de La Oliva mantiene a pleno funcionamiento servicios básicos como la limpieza, recogida de basuras, y los cuerpos de Seguridad y Emergencias, Policía Local, Bomberos y Protección Civil.

Se consideran servicios esenciales los departamentos de Registro General, Alcaldía, Intervención General, Tesorería General y Recaudación, Urbanismo, Contratación, Recursos Humanos, Obras y Servicios, Policía Local, Bomberos, Servicios Sociales, Medio Ambiente y Socorrismo.

La Policía Local de La Oliva patrulla el municipio difundiendo las restricciones del Estado de Alarma en varios idiomas para asegurar su cumplimiento.


Atención al público

La ciudadanía podrá contactar con la institución por teléfono, llamando al 928861904, por correo electrónico escribiendo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., y realizar trámites con firma electrónica en la web municipal, www.laoliva.es, en al apartado "Ayuntamiento Online".

También se mantienen los teléfonos específicos de Servicios Sociales (928 86 84 40), y Recaudación (828691212 - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).

Medidas sanitarias y Limpieza

Se mantienen los servicios de limpieza a pleno rendimiento, y se establece un servicio de Limpieza Reforzada, movilizándose una hidrolavadora más trabajando a nivel de desinfección, y pudiendo contratarse más servicios por emergencia si fuera necesario.

También se establecen medidas de seguridad para el personal, y protocolos específicos para la desinfección de los espacios públicos y el espacio laboral.

Horario ampliado para depositar los residuos domiciliarios, de 18:00 a 24:00 horas todos los días.

Obras y Servicios

Se mantienen retenes de personal y maquinaria activados en todo momento, para actuar rápidamente ante cualquier emergencia o avería.

Sector turístico y de hostelería

La Oficina de Turismo ha elaborado una circular informativa dirigida al sector turístico, con el objetivo de que los establecimientos hoteleros comuniquen a sus clientes la situación y para hacer cumplir las restricciones del Estado de Alarma.

Economía  

Se aplazan los cobros y pagos de todos los impuestos hasta pasado el Estado de Alarma, y se suspenden temporalmente todos los procesos de embargo. El Ayuntamiento habilitará todas las partidas presupuestarias necesarias para atender a las personas que lo necesiten a nivel social.

Cementerio

El Cementerio de La Oliva no abrirá al público como habitualmente sino según necesidades. Se podrán organizar actos fúnebres con ciertas medidas organizativas y sanitarias, evitando aglomeraciones de personas.

Cierre de instalaciones deportivas, culturales y de mayores

Recordar que continúan cerradas todas las instalaciones deportivas, culturales y centros de mayores, y que hasta nuevo aviso no se celebrará ninguna de las actividades y actos públicos programados.
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Vivienda y el Consejo Canario de Administradores de Fincas aconsejan medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 en zonas comunes de las viviendas públicas

Vivienda y el Consejo Canario de Administradores de Fincas aconsejan medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 en zonas comunes de las viviendas públicas

El Instituto Canario de la Vivienda pide la máxima colaboración e implicación a los residentes en las viviendas dependientes de la administración para seguir estas recomendaciones y aconseja a los edificios y urbanizaciones privadas que también se sumen a las mismas

La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, a través del Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI) y en colaboración con el Consejo Canario de Colegios de Administradores de Fincas, recomienda a las comunidades de vecinos adoptar medidas sanitarias y de limpieza excepcionales en las zonas comunes de las viviendas dependientes del ICAVI para frenar la expansión del coronavirus o Covid-19 entre los residentes de esas urbanizaciones o bloques.

El ICAVI, siguiendo varias de las recomendaciones del Colegio de Administradores de Fincas, solicita a los residentes en las viviendas del parque público su máxima colaboración e implicación para seguir una serie de actuaciones preventivas en los portales, escaleras y otras zonas comunes que pueda haber. En este sentido, los vecinos y vecinas deben mantener una distancia de seguridad mínima de un metro entre ellos y evitar el contacto personal. Está prohibido el uso de las zonas comunes como azoteas, patios o espacios destinados a las reuniones de comunidad o de vecinos. El ICAVI también recomienda a los responsables de cada comunidad a colocar carteles informativos con las medidas de higiene recomendadas, así como hacer constar del cierre de las zonas comunes.

En el caso de usar un ascensor, se aconseja no usarlo más de una persona a la vez, y pulsar el botón necesario con el codo o el dedo protegido, para evitar contagios.

El Instituto Canario de la Vivienda recomienda a las comunidades de propietarios incrementar la limpieza y el mantenimiento de estos edificios, y poner especial énfasis en los ascensores, pasamanos, pomos de puerta y porteros automáticos que suelen usar todos los vecinos.

Así mismo, el ICAVI recuerda a los residentes en una vivienda de titularidad pública que los trámites administrativos están aplazados a causa de las medidas de prevención del Real Decreto que activa el estado de alarma en todo el país, y por tanto aquellas comunidades o vecinos a título individual que tuviesen gestiones pendientes con el Instituto, podrán postergarlas hasta nuevo aviso.

Finalmente, el ICAVI hace un llamamiento también a las comunidades de propietarios de edificios o urbanizaciones particulares para que se sumen también a estas recomendaciones, como ya les ha solicitado públicamente el Colegio de Administradores de Fincas.
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El Gobierno de Canarias reduce a 18 las conexiones aéreas entre las islas y a la mitad las rutas marítimas para evitar la propagación del coronavirus

El Gobierno de Canarias reduce a 18 las conexiones aéreas entre las islas y a la mitad las rutas marítimas para evitar la propagación del coronavirus

La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda planea varias restricciones en la conectividad dentro de las islas para mitigar las posibilidades de expansión del virus ya que el grado de afectación en cada isla es distinto

El Gobierno de Canarias, a propuesta del consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, Sebastián Franquis, ha acordado hoy la adopción de nuevas medidas complementarias que restringen la movilidad y los transportes interinsulares con la finalidad de salvaguardar la salud pública y mitigar la propagación del virus COVID-19, o coronavirus, en el ámbito de esta Comunidad Autónoma.


Estas medidas restrictivas para el transporte, que entrará en vigor en la medianoche del día después a su publicación en el BOE, se toma para reducir las posibilidades de expansión del COVID-19 en vista de que los efectos de esta pandemia sobre la población del Archipiélago permanece, y de que el grado de afección es distinto en cada isla.


En lo que a transporte en avión se refiere, y siguiendo con la Orden del Ministerio sobre medidas para la contención del COVID -19 que establece que se mantenga al menos un vuelo diario en las rutas aéreas entre islas sometidas a Obligación de Servicio Público (OSP), se restringen las conexiones interinsulares por avión a 18 vuelos diarios por los cerca de 200 que habitualmente, en día laborable, operan entre las islas.


Las medidas que se proponen, para su adopción, al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, son las siguientes:


1º. Desde las 00:00 horas del día después a su publicación en el BOE, se prohíbe la realización de cualquier tipo de vuelos, comerciales y privados entre las islas del archipiélago canario.


2º. En las rutas de transporte aéreo entre islas sometidas a Obligaciones de Servicio Público, el número máximo de vuelos diarios por sentido entre los diferentes aeropuertos de canarias será el siguiente:

- Gran Canaria - Tenerife Norte: 4

- Gran Canaria - Lanzarote: 3

- Gran Canaria - Fuerteventura: 3

- Gran Canaria - El Hierro: 1

- Gran Canaria – La Palma: 1

- Tenerife Norte – La Palma: 2

- Tenerife Norte – La Gomera:       1

- Tenerife Norte- El Hierro:            1

- Tenerife Norte – Fuerteventura:   1

- Tenerife Norte – Lanzarote:         1


3º. Los vuelos máximos previstos en el apartado 2º no serán de aplicación a las aeronaves de Estado, vuelos exclusivamente de carga, vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia.


4º. Los operadores de transporte tomarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros, limitando los vuelos al 50% de su capacidad.


5º. Los pasajeros que utilicen los servicios de transporte autorizados en el apartado 2º deberán poder justificar la necesidad inaplazable de realización del viaje para alguna de las siguientes actividades:

-        Garantizar el abastecimiento de bienes y servicios a la población.

-        Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

-        Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

-        Retorno al lugar de residencia habitual.

-        Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

-        Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.


6º. Se habilita al Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias a adoptar las medidas de control necesarias que puedan ser realizadas por las autoridades sanitarias o por las autoridades de seguridad, con la previa aprobación de la Delegación del Gobierno en Canarias, respecto a la movilidad de viajeros entre las islas.


7º. Se habilita al Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias a autorizar la reducción del número mínimo de vuelos diarios establecido en el artículo 2.3 de la Orden del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de 17 de marzo de 2020, en caso de insuficiencia de pasajeros.


En lo que se refiere al transporte marítimo interinsular este también se ve reducido a menos de la mitad de su frecuencia habitual y sometido a los mismos condicionantes, prácticamente, que el aéreo. Es decir, aquellas personas que quieran viajar entre islas por mar deberán justificar la necesidad inaplazable de realizar el viaje por alguna de las circunstancias ya descritas (retorno al lugar de residencia, asistencia y cuidado de mayores o situación de necesidad, entre otros), y los barcos irán a la mitad de su capacidad.


De esta forma, las 62 rutas marítimas que habitualmente cubren los desplazamientos interiores entre las ocho islas se reducen a 26, con las siguientes frecuencias:

-        Santa Cruz de Tenerife-Agaete: 3

-        Las Palmas de Gran Canaria-Morro Jable: 2

-        Las Palmas de Gran Canaria-Arrecife: 1

-        Santa Cruz de Tenerife-Las Palmas de Gran Canaria: 4

-        Corralejo-Playa Blanca: 4

-        Los Cristianos- San Sebastián de La Gomera: 4

-        Los Cristianos-Santa Cruz de La Palma: 2

-        Las Palmas de Gran Canaria-Puerto del Rosario: 1

-        Los Cristianos-Valverde: 1

-        Órzola-Caleta de sebo: 4


Además, se prohíbe la entrada en los todos los puertos de Canarias de todos los buques y embarcaciones de recreo utilizados a título particular o en arrendamiento náutico (chárter), independientemente de su procedencia.


La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda podrá autorizar, por circunstancias excepcionales humanitarias, de atención médica o de interés público, el desembarco de pasajeros de los buques de pasaje que presten servicio de línea regular; así como el desembarco de personas de buques y embarcaciones de recreo utilizados a título particular o en arrendamiento náutico.


Estas restricciones en el transporte aéreo y marítimo interinsular entrarán en vigor en la medianoche del día después a su publicación en el BOE, una publicación que se espera ocurra mañana mismo, por lo que, de cumplirse esos plazos, entrarían en vigor la medianoche del jueves 19 de marzo. 


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