Casco Viejo de Corralejo. “No Sr. Hernández, usted sabía lo que compraba”

Casco Viejo de Corralejo. “No Sr. Hernández, usted sabía lo que compraba”

El que fue Alcalde de La Oliva, D. Domingo González Arroyo, le advirtió que era muy problemático adquirir inmuebles en el casco viejo de Corralejo.
Con este nuevo veredicto, dirigido por la letrada Dª. Elena Isabel Ruiz Suarez, ya suman ciento catorce (114) las sentencias que han declarados a los vecinos como legítimos propietarios de aquellas viviendas que dieron lugar al nacimiento del pueblo marinero de Corralejo.

AA011En este caso, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas desestima el recurso de apelación presentado por la entidad mercantil canaria, BLOQUES CANARIOS, S.L., administrada mancomunadamente por el Ex Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, DON LUIS HERNÁNDEZ PÉREZ; el notario del colegio notarial de Las Palmas, DON JUAN ANTONIO MORELL SALGADO; y por DON GUSTAVO ALBARRACÍN FERNÁNDEZ, confirmando la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Puerto del Rosario, donde declara que la Comunidad de bienes formada por D. José Muñoz Ramírez y 16 más, son los propietarios del inmueble de 350 metros cuadrados que se encuentra en la calle María Santana Figueroa nº 8, de Corralejo, término municipal de La Oliva, que linda al Norte, con la calle García Escámez; al Sur, con la calle María Santana Figueroa; al Este, con Herederos de D. Manuel Hierro; y al Oeste, con la calle Unamuno, y condenando a pagar las costas del procedimiento judicial a la citada Sociedad.

La Sala no le da la razón a la entidad BLOQUES CANARIOS, S.L. porque analizado el expediente, que se compone de 986 folios y visionado y escuchado repetidamente las grabaciones de la vista del juicio, que totalizan 2 horas y medias, no son considerados terceros hipotecarios de buena fe, al disponer de medios racionales y motivos suficientes, antes de adquirir la vivienda conocida como la casa de los Cazadores, que esa vivienda tenía dueños y no era precisamente la entidad que le vendió, SINCRONÍA 99, S.L., administrada por DON JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ DEL VALLE, que precisamente no compareció en la alzada.
La sentencia recoge pruebas contundentes, como que no tenían la llave de la vivienda que habían adquirido; que uno de los representantes de BLOQUES CANARIOS, S.L. utilizó una escalera para asomarse a la vivienda; y que, el propio D. LUIS HERNÁNDEZ PÉREZ, en su interrogatorio, reconoce que tenía conocimiento de la polémica publicada y divulgada sobre los problemas de los vecinos del casco viejo de Corralejo y sabía perfectamente que sus casas no estaban registradas. Además, el Ex Alcalde de La Oliva, D. Domingo González Arroyo, le comunicó al Sr. HERNÁNDEZ, en una reunión que mantuvieron en el Consistorio norteño, que era muy problemático adquirir inmuebles en esa zona.
Sobre el informe del tasador, que facilitó el crédito hipotecario, el Magistrado Ponente, D. Carlos Augusto García Van Isschot, resalta que en el expediente se identifica como titular a D. José Enrique Jorge Artiles, uno de los componentes de la Comunidad de bienes que adquirió la propiedad el 31 de agosto de 1977, y además, indica que se trata de un solar de uso residencial, que contaba con red de telefonía, suministro eléctrico y abastecimiento de agua, entre otras características.
El alegato de BLOQUES CANARIOS, S.L. se centró en que no se había probado la subsistencia de la comunidad de propietarios, después de 10 años, especialmente cuando no hay documento alguno de su funcionamiento, de manera que carecían los cazadores de legitimación para su acción. El Magistrado Van Isschot le indica que no es de recibo esa alegación ya que el contrato de 31 de agosto de 1977 contiene los elementos básicos para entender constituida entre sus 17 firmantes una comunidad de bienes, conforme a la libertad de pactos que establece el art. 392 de código civil.

Viviendas adquiridas por BLOQUES CANARIOS, S.L. en el casco viejo de Corralejo
El 11 de abril de 2003, adquiere a SINCRONÍA 99, S.L. la casa de los cazadores por CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (462.779,32 €); y el 28 de abril de 2003, la casa del Sr. Sandalio Figueroa por SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL EUROS (661.000,00 €), como si de parcelas de terrenos se tratasen sin edificar, a pesar de tener conocimiento que se trataban de dos viviendas de vecinos del pueblo. Una vez adquiridas las propiedades, constituyó hipotecas con el BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO.
Afortunadamente, la justicia ha dado la razón a los Herederos de D. Sandalio Figueroa y a la Comunidad de bienes formada por D. José Muñoz Ramírez y 16 más, considerando a BLOQUES CANARIOS, S.L. tercero hipotecario de mala fe.

AUTÉNTICA MAQUINACIÓN DE BLOQUES CANARIOS, S.L.
A pesar de tener conocimiento BLOQUES CANARIOS, S.L. que la casa del Sr. Sandalio la había perdido ya en Primera y Segunda Instancia y estando pendiente la admisión a trámite del recurso casacional, el 7 de enero de 2010, la sociedad TRADING DEVELOPMENT FUERTEVENTURA, S.L., administrada por D. DOMINGO MANUEL VERDEJO TRUJILLO, amplía el capital social por el módico importe de MIL NOVECIENTOS OCHENTA EUROS (1.980,00 €), desembolsado íntegramente por la entidad BLOQUES CANARIOS, S.L. mediante la aportación de las dos casas afectadas por la problemática del casco viejo de Corralejo, LA CASA DEL SR. SANDALIO Y LA CASA DE LOS CAZADORES, significando que valoraron cada casa en 990 €, cuando le habían costado 1.123.779 €.
El único objetivo de esta maniobra empresarial era alargar lo máximo posible el pleito judicial haciéndole, de esta manera, daños a los vecinos, pero afortunadamente, el tiro le salió por la culata, ya que los vecinos al final mantienen sus casas y BLOQUES CANARIOS, S.L. pierde en los tribunales las propiedades adquiridas a SINCRONÍA 99, S.L. y el millón y pico de euros.
Menos mal que los vecinos tenían la anotación preventiva de demanda contra las fincas registrales, ya que si no, a pesar de haberlas ganada en los tribunales, hubiesen tenido que empezar de nuevo otro procedimiento judicial contra la nueva sociedad TRADING DEVELOPMENT FUERTEVENTURA, S.L., como ha ocurrido con varias casas del casco viejo.

 Resultados judiciales
Hasta el momento se han dictado CIENTO CATORCE (114) resoluciones judiciales favorables a los vecinos del pueblo marinero de Corralejo, siendo el detalle por Tribunal el siguiente:
Juzgado de Primera Instancia de Puerto del Rosario: cincuenta y dos (52).
Audiencia Provincial de Las Palmas: cuarenta y tres (43).

  • Tribunal Supremo: Diecinueve (19).
    TODOS estos resultados judiciales pueden ser consultados en la dirección www.cascoviejodecorralejo.com
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Otra batalla más ganada en el casco viejo de Corralejo. El Supremo inadmite por décimo novena (19ª) vez un recurso presentado por Delval Internacional

Premio Cabildo de Fuerteventura al Mérito Social 2006
El Supremo inadmite por décimo novena (19ª) vez un recurso presentado por DELVAL INTERNACIONAL.


AA039El Alto Tribunal pone fin a otro caso más del casco viejo de Corralejo al inadmitir, como va siendo de costumbre, el recurso de casación presentado por la mercantil DELVAL INTERNACIONAL, S.A. y confirmar que, Dª. María Santana Santana y Dª. Victoriana Santana Santana son las legítimas propietarias, con carácter ganancial y por mitad, de la vivienda que se encuentra lindando con la misma Avenida Marítima de Corralejo y con la calle Hernán Cortés, que cuenta con una superficie de doscientos sesenta y ocho metros cincuenta y cinco decímetros cuadrados, condenando a pagar las costas judiciales a DELVAL INTERNACIONAL, S.A.
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